La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) ha aprobado un marco regulatorio que permite el uso voluntario de sistemas de registro electrónico en las naves bajo bandera panameña. Esta iniciativa busca modernizar y mejorar la eficiencia en el registro y recopilación de datos en la marina mercante de Panamá, líder mundial en abanderamientos.
La nueva regulación se formalizó en la Resolución 106-52 de la Dirección General de Marina Mercante (DGMM) de la AMP, publicada en la Gaceta Oficial. Este documento establece los requisitos para que los fabricantes de sistemas de registro electrónico puedan obtener autorización para sus productos. Entre los requisitos exigidos se incluye una descripción detallada de la empresa fabricante y una exposición técnica del sistema electrónico que se desea implementar.
Los sistemas de registro electrónico autorizados podrán utilizarse en aplicaciones específicas como el Libro Registro Electrónico para Roles de Tripulación, el Diario Oficial de Navegación Electrónica, el Libro Registro Electrónico de Agua de Lastre y el Libro Registro Electrónico en cumplimiento del convenio MARPOL, que regula la prevención de la contaminación marina.
La licencia para el uso de estos registros electrónicos tendrá una validez de un año, renovable anualmente, y deberá ser solicitada por el armador, operador o agente residente de la nave en el Departamento Técnico de Análisis y Certificados de Seguridad Marítima (SEGUMAR) de la DGMM o en cualquiera de sus oficinas internacionales.
Cabe destacar que la DGMM seguirá emitiendo y autorizando el uso de libros de registro en formato impreso para aquellas naves que no cuenten con la licencia de registro electrónico.

