Por: Elayne Jiménez Méndez
No hay dudas de que estamos en la era digital; el mundo de los negocios ha evolucionado y las formas de contratar y ser contratado se han ido adaptando. En ese sentido, los profesionales hoy en día se preparan con la idea de ofrecer sus servicios a cualquier parte del mundo aprovechando las facilidades que ofrece la virtualidad, de ahí que ya resulta común escuchar el término freelance, refiriéndose a una persona que no labora en relación de dependencia.
En la República Dominicana, una persona que presta servicios y honorarios profesionales es considerada una “persona física”. Veamos entonces, las principales obligaciones que se derivan, haciendo uso de las herramientas digitales que están disponibles para cumplir con las obligaciones fiscales que emanan de la formalización.
Inscripción en el Registro Nacional de Contribuyentes
Todo freelancer, para formalizar su actividad económica, debe inscribirse en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) como persona física. La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) dispone en su portal www.dgii.gov.do de un formulario virtual, donde completando y anexando los documentos soporte se puede obtener el registro, el cual estará identificado por su Número de Cédula de Identidad y Electoral.
Acceso a la Oficina Virtual DGII
La Oficina Virtual DGII (OFV) equivale a una oficina física de DGII, por lo que las operaciones realizadas en ese espacio tienen la misma validez que las efectuadas en las oficinas físicas de la institución. Para obtener la clave de acceso, bastará con completar con las informaciones correctas del RNC y accediendo al Token Digital dispuesto en la APP Móvil de DGII.
Facturación vía Comprobantes Fiscales
Vía la OFV, podrá solicitarse la autorización para poder emitir comprobantes fiscales, mismos que permitirán ofrecer facturas válidas con valor de crédito fiscal; una recomendación vanguardista es optar por el Facturador Gratuito de DGII, con el cual podrá emitir comprobantes fiscales electrónicos. Las informaciones sobre cómo obtener el Facturador Gratuito, se encuentran disponibles en el portal web de la DGII.
Impuesto sobre la renta (ISR)
Los freelancers están sujetos al pago del ISR sobre sus ingresos netos, calculados tras deducir los gastos relacionados con la actividad. Para ello, es fundamental llevar una contabilidad organizada que permita justificar estas deducciones ante la DGII u optar por una exención contributiva que para el año 2024 es de RD$416,220.00.
En ese orden, se aplica de manera progresiva, tasas que aumentan según el nivel de ingresos anuales. Es obligatorio presentar una declaración anual del ISR antes del 31 de marzo de cada año, utilizando el formulario IR-1 disponible en la Oficina Virtual DGII.
Impuesto sobre las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS):
Si los servicios ofrecidos por el freelancer están sujetos al ITBIS, deberán reportar mensualmente las operaciones realizadas mediante el formulario IT-1. Esto aplica principalmente a servicios profesionales, con excepciones específicas contempladas en el Art. 344 del Código Tributario Dominicano. La tasa general por servicios es del 18%.
Retenciones
Las empresas locales están obligadas a retener el 10% del ISR y el 18% del ITBIS, según aplique, cuando paguen a las personas físicas, si bien estas retenciones constituirán un adelanto que podrá ser descontado en su declaración anual. Podrían afectar el flujo de caja.
Cabe aclarar que el freelance podría acogerse al Reglamento Núm. 265-19 donde establece el Régimen Simplificado de Tributación (RST) basado en ingresos para personas físicas, diseñado para quienes posean ingresos provenientes de servicios profesionales u oficios independientes, exentos de ITBIS o que este sea retenido en un 100% y que sus ingresos no superen los RD$10,742,792.74 al año considerando el 2024.
Acogido al RST, contaría con múltiples ventajas, la principal de ellas es que contaría con formularios de declaraciones con periodicidad anual simplificados en donde, de manera conjunta, se declaran el ITBIS y el ISR; además, no tiene que pagar anticipos del ISR, dispone de acuerdo de pago automático para el pago, entre otras ventajas propias del régimen.
De igual forma, existen otros trámites y recomendaciones que pueden ser relevantes dependiendo de la actividad que se ejerza, como lo son, por ejemplo: afiliarse al sistema de seguridad social, obtener el Registro de Nombre Comercial y los Registros de Derechos de Autor en la Oficina Nacional de la Propiedad Intelectual (ONAPI).
Repasando las obligaciones tributarias que deberán cumplir los freelancers, se puede concluir que el sistema fiscal dominicano exige que asuman un rol activo en el cumplimiento de estas, aunque estos compromisos puedan ser complejos al principio. Una gestión adecuada no solo evitará acciones penales e infracciones tributarias, sino que también fortalecerá su reputación como profesional, abriendo puertas hacia nuevos clientes y proyectos. La clave estará en la educación tributaria, la planificación financiera y la búsqueda de asesoría experta.

